En la publicación "Recomendaciones para los Censos de Población y Vivienda en América Latina Revisión 2020", la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) recomendó evitar una clasificación que involucre categorías poco específicas o ambiguas como "mestizos" o "morenos" para elaborar este tipo de estadísticas.
Según informó el Instituto Nacional de Estadística (INE), el documento señala que "se recomienda evitar una clasificación que involucre categorías poco específicas o ambiguas, como por ejemplo 'mestizos' o 'morenos'. Junto a esta recomendación se argumenta que la experiencia de algunos países ha mostrado que ello conduce, efectivamente, a problemas en la captación de la población indígena y afrodescendiente, algo que puede generar una fuerte discriminación. Hay que mencionar, además, que el posicionamiento internacional de los pueblos indígenas es, justamente, el de identificarse en tanto "pueblos" y no como grupos racializados a partir de categorías coloniales."
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) tiene dos postulados básicos: "El derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus culturas, formas de vida e instituciones propias y su derecho a participar de manera efectiva en las decisiones que les afectan".
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas de 2007 menciona que "los pueblos indígenas tienen derecho a determinar su propia identidad o pertenencia conforme a sus costumbres y tradiciones. Ello no menoscaba el derecho de las personas indígenas a obtener la ciudadanía de los estados en el que viven".
El reporte del INE hace notar que en las pruebas conceptuales que realizó Perú, de manera previa al censo 2017, se observó como un error la inclusión de la categoría "mestizo", porque englobaba a las respuestas referidas a otro grupo étnico y no sabe/no responde, aspecto que podría subsumir respuestas de población que no expresa su autoidentificación por temor o vergüenza.
En 1900, en Bolivia, durante la presidencia de José Manuel Pando, se realizó un Censo de Población, en cuya boleta se consultó, ¿a qué raza usted pertenece?, con cuatro categorías consideradas en ese momento principales: 1. Blanco; 2. Indígena; 3. mestizo y 4. negro.
Como resultado, la población boliviana estaba compuesta por 1.633.610 habitantes, de los cuales 792.850 eran indígenas, 231.088 blancos, 484.611 mestizos, 3.945 negros y 121.116 no consta.
"Es importante aclarar que el INE desde el año 1900, no ha incluido en los cuestionarios censales ninguna pregunta relacionada a tema", resalta el informe.
Con relación a los derechos colectivos, en especial a la identidad, la Constitución Política del Estado (CPE) de 2009 en su Artículo 30 establece que las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan del derecho a su identidad cultural, entre otros.
El Artículo 3 determina que "la nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en su conjunto constituyen el pueblo boliviano".
"De esta manera, el próximo Censo de Población y Vivienda en Bolivia avanza respetando los estándares internacionales técnicos consensuados a escala global", concluye el reporte del INE.
El INE sobre el Censo: la Cepal recomienda no usar categorías como "mestizo" en identificación de pueblos
En un informe publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se señala que "es importante aclarar que desde el año 1900 no se ha incluido en los cuestionarios censales ninguna pregunta relacionada a tema".
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