El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró inconstitucional y expulsó del ordenamiento jurídico boliviano el delito de sedición, por lo que ninguna persona, a partir de la sentencia, puede ser acusada por esta figura penal. En este fallo, por otro lado, también se rechazó la demanda de inconstitucionalidad del delito de terrorismo.
El presidente del control constitucional Paul Franco informó del fallo emitido entorno al recurso presentado en mayo de 2020 por los entonces legisladores del MAS Adriana Salvatierra, Franklin Flores, Juan Quipe y Sonia Brito.
"Se ha precedido a declaratoria de inconstitucionalidad del delito de sedición, por tanto, a partir de la notificación de la Sentencia Constitucional, el delito de sedición queda expulsado del ordenamiento jurídico boliviano y por tanto nadie puede ser procesado o perseguido en relación a este delito", sostuvo Franco en conferencia de prensa.
El delito de sedición estaba en el artículo 123 del Código Penal y establecía: "Serán sancionados con reclusión de uno a tres años los que sin desconocer la autoridad del Gobierno legalmente constituido, se alzaren públicamente y en abierta hostilidad, para deponer a algún funcionario o empleado público, impedir su posesión u oponerse al cumplimiento de leyes, decretos o resoluciones judiciales o administrativas, ejercer algún acto de odio o de venganza en la persona o bienes de alguna autoridad o de los particulares o trastornar o turbar de cualquier otro modo el orden público. Los funcionarios públicos que no hubieren resistido una rebelión o sedición por todos los medios a su alcance incurrirán en reclusión de uno a dos años.
La expresidente Jeanine Áñez se encuentra acusada en el caso Golpe de Estado I, justamente, por el delito de sedición, además de terrorismo y conspiración. Durante el gobierno de Áñez se activaron proceso contra gente del MAS por delitos como sedición.
Los accionantes también demandaron de inconstitucionalidad el delito de terrorismo, pero este caso fue rechazo.
"Se ha declarado la improcedencia de la acción con relación al delito de terrorismo, debido a que la acción estaba enfocada en una norma que fue modificada por la ley 260, en consecuencia, el Tribunal Constitucional solo se pronuncia por las leyes vigentes", explicó.
El TCP declara inconstitucional y retira del Código Penal el delito de sedición
Exsenadores del MAS demandaron de inconstitucionalidad el delito de sedición y terrorismo en 2020. El delito de terrorismo permanece en el ordenamiento jurídico
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