Las personas contagiadas con coronavirus (Covid-19) tienen un plazo de 30 días para obtener el certificado de impedimento en el Tribunal Electoral Departamental (TED) de cada región, deberán presentar un certificado médico.
Una de las facilitadoras del TED de Potosí, Beatriz Valverde, también aclaró que este beneficio alcanza a aquellos ciudadanos que tengan problemas de salud y no puedan asistir a las urnas, cuentan con un plazo de 30 días para tramitar su certificado de impedimento.
"Las personas que estén aisladas por Covid-19 pueden recabar este certificado, siempre respaldado con un certificado médico que justifique su condición de salud, como no puede tramitarle personalmente lo puede hacer mediante otra persona", informó a radio Fides.
Según el reporte de Epidemiologia del Ministerio de Salud, Bolivia aún cuenta con 44.777 casos activos de coronavirus. Bolivia acudirá una vez más a las urnas en medio de la pandemia para elegir a sus nueva autoridades departamentales y municipales.
Por otra parte, aquellos ciudadanos que no voten debido alguna dificultad o que no hayan llegado a su destino, también podrán recabar el certificado de impedimento con la presentación de los documentos que lo respalden.
En ese contexto, el artículo 145 de la Ley de Régimen Electoral, establece que el TED de cada región debe instalar módulos en el área urbana y rural para la entrega de los certificados de impedimento de sufragio.
"En áreas rurales el certificado de impedimento de sufragio será preimpreso contemplando los campos necesarios para el registro manual del nombre completo de la electora o elector, su número de documento de identidad y el lugar de emisión, así como la firma y huella dactilar de la Notaria o Notario Electoral que los expide", señala el enunciado.
Tras el sufragio, el ciudadano recibirá el carnet de sufragio que tendrá una validez de tres meses. El documento debe ser presentado en entidades públicas y privadas para realizar cualquier trámite.
Adultos mayores
Al respecto, el TSE emitió un comunicado indicando que las personas que tienen más de 60 años de edad no están obligados a presentar certificado de sufragio de las elecciones subnacionales para realizar trámites en instituciones públicas o para realizar acciones dentro de la banca.
"Disponer excepcionalmente para las 'Elecciones Subnacionales 2021' que las personas adultas, mayores desde los 60 años, queden exentas del cumplimiento de la presentación del certificado de sufragio, certificado de impedimento o del pago de la multa correspondiente, en los casos señalados en el artículo 154 de la Ley N° 026 del Régimen Electoral", señala la resolución.
Aislados por Covid-19 tienen 30 días para recabar certificado de impedimento de sufragio
Aquellos ciudadanos que no acudieron a las urnas por alguna dificultad, también podrán acceder al documento con la presentación de los justificativos correspondientes.
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