En año de pandemia, el Órgano Judicial propone "justicia digital"

Sin especificar el tiempo de adecuación, los magistrados creen que todos los casos deben migrar a este nuevo sistema

El 6 de enero de este año se inauguraba en Sucre el año judicial 2021 sin presencia del presidente Luis Arce, como se estilaba en años anteriores. Ese mismo día se presentaba en la vicepresidencia el anteproyecto de Ley de Justicia Digital, propuesto por la sala plena del Tribunal Supremo de Justicia. El Gobierno pidió aplicar políticas de austeridad por la pandemia que atraviesa el país.
"El nivel central del Estado deberá financiar a través de la asignación de recursos requeridos y suficientes para el desarrollo, implementación y administración del modelo de justicia digital establecido en la presente ley", señala el artículo 41 del anteproyecto que ya se encuentra en la comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados.
El ambicioso proyecto plantea el traspaso de todos los casos al control digital, ya sean del ámbito penal, familiar, civil, comercial, laboral, niñez y adolescencia, administrativo, tributario; incluso la justicia agraria.
Para implementar estos cambios solicitan al Gobierno el suministro de los recursos suficientes para la adquisición y equipamiento de sistemas, "de última generación" y que puedan ser distribuidos en todos los juzgados del país, señala la disposición transitoria tercera.

El día de la inauguración del año judicial, el procurador general del Estado, Wilfredo Chávez, pidió a las autoridades del ente judicial del país la aplicación de políticas de austeridad en vista de la difícil situación económica que provocó la pandemia del coronavirus.

Chávez pidió ahorrar el máximo de recursos para evitar los viajes a los propios jueces y desarrollar las audiencias virtuales. Actualmente, se realizan este tipo de audiencias por las restricciones que impuso la pandemia.

El proyecto

El documento tiene 41 artículos, una decena de disposiciones transitorias, dos disposiciones derogatorias y cuatro finales. Establece todo el procedimiento para los nuevos juicios digitales en los que la presencia física de las personas en los juzgados debe ser mínima.

El artículo 7 describe que se creará, la ciudadanía digital, el expediente electrónico, la firma digital, la notificación electrónica. Se crea el Sistema Única de Gestión de Causas, las Resoluciones Judiciales Digitales, el Despacho Judicial Digital, el Registro Judicial Digital, el Documento Electrónico, las Medidas de Seguridad y la Gestión de Documentos.
Crea la Oficina Gestora de Procesos (OGP) y la Unidad Informática Especializada (UIE), la primera estará a cargo de todo lo que significa la comunicación, recepción, y notificación de los procesos a los abogados y los querellantes. La unidad estará a cargo del funcionamiento y la interoperabilidad del sistema.
Para acceder a este sistema nuevo, los querellantes y abogados deben acceder a la "ciudadanía digital", que estará a cargo de la OGP. Los expedientes también serán electrónicos.
Las pruebas
La ciudadanía digital habilitará al querellante o el abogado para que sus documentos sean aceptados en este sistema. Solo serán válidos de este modo porque los querellantes tendrán un PIN que los habilitará para tal.

El artículo 34 detalla la forma de presentación de las pruebas en un determinado juicio y se aceptará la prueba física únicamente cuando sea necesaria. "La prueba testifical y pericial será producida en las instancias correspondientes de manera digital, en aplicación de los medios tecnológicos acordes a las disposiciones normativas y la presente ley, señala el parágrafo III del artículo 34 del anteproyecto.