Bancos no condonarán intereses; deberán atender refinanciamiento


Frente a la demanda de prestatarios, los establecimientos financieros tienen que atender reprogramaciones a favor de quienes se vieron afectados por eventos climatológicos y sociales.
La posibilidad de que los bolivianos que adquirieron deudas con los bancos gocen de la condonación de intereses no va. Así lo dejó en claro el ministro de Economía, Marcelo Montenegro, quien definió como "imposible" dicha figura. De todos modos, la buena noticia es que el Gobierno, mediante decreto supremo, ordena a los establecimientos financieros que atiendan las peticiones de refinanciamiento y reprogramación de parte de los prestatarios.
Varios sectores se han ido pronunciando, durante las últimas semanas, apuntando contra los bancos y acusándoles de caer en prácticas usureras, en el entendido de que agravaron las deudas a través del diferimiento de créditos de la pandemia y los refinanciamientos.
Para Montenegro, no hay manera de que se condonen los intereses, ya que, en caso de que esto se diera, se originaría una distorsión, pues los bancos también deben cumplir con pagos de intereses a los ahorristas.
"No tenemos una afinidad con ese tipo de ideas, donde se elimine o se haga una condonación de intereses porque eso va en detrimento y va a mermar la capacidad de intermediación financiera", explicó el Ministro de Economía.
También el presidente del Estado confirmó el nuevo mecanismo de ayuda. "Para coadyuvar en la recuperación económica de los prestatarios del sistema financiero nacional afectados por eventos climatológicos adversos, conflictos sociales y otros que afecten su capacidad de pago, hoy aprobamos un DS (Decreto Supremo) que dispone que las entidades de intermediación financiera y las empresas de arrendamiento financiero atiendan y evalúen las solicitudes de refinanciamiento y/o reprogramación de las operaciones de crédito de los deudores que voluntariamente lo requieran".
En consonancia con Montenegro, la nueva normativa implementada permite que puedan beneficiarse aquellos que se vieron afectados por eventos climatológicos, conflictos sociales o el entorno económico.
Así las cosas, las operaciones que tengan un plazo residual de hasta dos años podrán reprogramarse en un período no mayor a cinco años, mientras que para el resto de los créditos la reestructuración estará en base a normativa emitida por la ASFI, explicó la agencia estatal ABI.
Hay que diferenciar esta medida con respecto al diferimiento de créditos que se aplicó durante el inicio de la pandemia por COVID-19.