El Tribunal Supremo Electoral (TSE) decidió rechazar las solicitudes de supervisión que realizaron, por separado, la dirigencia de Evo Morales y del Pacto de Unidad para renovar la dirigencia del Movimiento al Socialismo (MAS).
Para el caso del congreso del Pacto de Unidad, no se cumplió con el requisito de ser dirigentes acreditados. Mientras que, en el caso del congreso evista, no hubo coordinación con las organizaciones matrices.
"El Órgano Electoral se ha pronunciado rechazando ambas solicitudes porque no se ha cumplido el mismo Estatuto de la organización política, pero también no se ha cumplido lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento de Supervisión a Organizaciones Políticas", informó el vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Francisco Vargas.
Además, exhortó a la organización política a cumplir con su estatuto, la normativa electoral vigente y la Ley de Organizaciones Políticas a la hora de emitir una nueva convocatoria a congreso hasta el 22 de abril, fecha en la que se cumple el plazo de 25 días que otorgó el TSE para que se llame al cónclave.
Según la Resolución TSE-RSP-ADM Nº 0122/2024, emitida por disposición de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (TDJLP), la directiva del MAS-IPSP debe convocar a un congreso para la renovación de su directiva, previo consenso acreditado con las organizaciones matrices nacionales reconocidas por el Estatuto Orgánico, bajo supervisión del TSE, conforme sus propias normas estatutarias.
Sin embargo, hubo dos convocatorias, una emergente de las organizaciones sociales, para principios de mayo en El Alto, y otra lanzada por Morales, que debía realizarse en junio en Villa Tunari.
"En ambos casos se ha dispuesto el archivo del trámite, la organización política, de acuerdo a una resolución anterior, tiene un plazo de 25 días -que finaliza el próximo 22 de abril-, esperamos que puedan llegar a dar cumplimiento y realizar una nueva solicitud rectificando y cumpliendo las observaciones técnicas que han sido realizadas, que se han notificado y que se han hecho de manera oportuna", explicó Vargas.
De acuerdo con las dos resoluciones aprobadas por la Sala Plena del TSE, la solicitud de supervisión de elección de dirigencias tiene que presentarlo el representante legítimamente facultado por la organización política, mediante nota formal dirigida al Presidente del TSE y/o al Presidente del TED, con 15 días de anticipación a la realización de la elección de sus dirigencias.
Se debe adjuntar copia legible de la convocatoria y orden del día y el reglamento o normativa específica emitida en el marco del Estatuto Orgánico, además de la convocatoria, orden del día y calendario electoral publicado en medios de comunicación que garanticen la participación de la militancia con al menos 15 días de anticipación, suscrita por la autoridad competente, que contenga los siguientes datos: detalle de fechas de realización del acto electoral nacional, regional, departamentales y municipales, según corresponda; requisitos de participación según su Estatuto Orgánico; requisitos para la postulación de cargos a elegir; nómina de cargos a elegir; modalidad de elección; y dirección donde se desarrollará el acto orgánico, y datos de referencia (número de teléfono celular, correo electrónico, entre otros).
Si bien el plazo para que todas las organizaciones políticas renueven sus directivas fenece el 7 de mayo, Vargas indicó que son varias las que no cumplieron con esta disposición por lo que será evaluada una posible ampliación a partir de un informe de Secretaría de Cámara.
La elección de una nueva directiva es condición para que la organización política participe de las elecciones primarias rumbo a las elecciones nacionales.
MAS: El TSE decide rechazar la supervisión a Congresos de Evo y del Pacto de Unidad
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