TCP acepta acción de inconstitucionalidad contra artículo del estatuto del MAS que ratifica el "liderazgo nato" de Evo

El auto constitucional del TCP señala que "se resuelve: admitir la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta planteada por Deysi Judith Choque Arnez, diputada titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional, únicamente en lo que respecta a los artículos 6.15 del Estatuto orgánico del MAS-IPSP ", mismo que " ratifica el respeto al liderazgo nato del hermano Evo Morales".

El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) admitió la acción de inconstitucionalidad en contra del artículo del estatuto del Movimiento al Socialismo que ratifica el "liderazgo nato" de Evo Morales.
El auto constitucional del TCP señala que "se resuelve: admitir la Acción de Inconstitucionalidad Abstracta planteada por Deysi Judith Choque Arnez, diputada titular de la Asamblea Legislativa Plurinacional, únicamente en lo que respecta a los artículos 6.15 del Estatuto orgánico del MAS-IPSP y 38 inc. C) de la LOP; y rechaza con relación a los artículos 24.5, 64.2, 67.2, 72, 74.1 y 2 y 88.4 del mencionado Estatuto", según informó El Deber.
El artículo 6.15 en cuestión señala que "la militancia del MAS–IPSP ratifica el respeto al liderazgo nato del hermano Evo Morales por los grandes logros, avances y saltos cualitativos que realizó a nivel nacional, dignificando a Bolivia en el contexto internacional como líder del Movimiento Al Socialismo - Instrumento Político por la Soberanía de los Pueblos.
A inicios de año, la diputada Deysi Choque presentó la acción de incostitucionalidad contra diversos artículos del estatuto del MAS, entre ellos los referidos al "liderazgo nato" de Morales, el requisito de 10 años de antigüedad y una "trayectoria intachable" como militante para postular a la presidencia o vicepresidencia, además de los aportes económicos obligatorios.
Empero, el TCP solo analizará la constitucionalidad o inconstitucionalidad del artículo del Estatuto del MAS relacionado con el liderazgo de Evo Morales.
Así, sigue vigente la obligatoriedad de tener 10 años de antigüedad en la militancia del MAS para aspirar a ser candidato presidencial o vicepresidencial por ese partido político.
Por otro lado, y en cuanto a la Ley de Organizaciones Políticas, el TCP admitió la Acción de Inconstitucionalidad respecto al artículo 38, inciso c), el cual establece como causa del transfugio el asumir de forma pública una posición política contraria a la declaración de principios, la plataforma programática y/o al programa de gobierno de la organización política.