El Decreto Supremo (DS) 4906, aprobado recientemente, solo reglamenta la Ley 262 norma que está vigente desde el 2012, y congelará cuentas bancarias de terroristas internacionales, afirmó el ministro de Justicia, Iván Lima.
"El Gobierno de Arce lo que hizo con el Decreto 4906 es resguardar la soberanía nacional y mejorar la reglamentación para que no exista alguna situación injusta", aseguró Lima.
El titular de Justicia explicó que la norma aprobada hace 11 años ya prevé una "estructura de congelamiento" de cuentas bancarias de terroristas internacionales identificadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
El origen de la lista de terroristas tiene que ver con lo ocurrido con talibanes y lo que ocurrió con las Torres Gemelas, ataque a Estados Unidos el 11 de septiembre del 2001.
Aseveró que el DS 4906 solo hace una precisión de conceptos, tomando "elementos locales" para evitar procesos injustos.
Señaló el caso de la homonimia, reclamado desde el 2013, sobre la posibilidad de dos personas con los mismos nombres y apellidos puedan estar involucradas en la lista de terroristas de las Naciones Unidas.
Por ello, había la necesidad de darse un procedimiento en el país para para permitir que si alguien estaba indebidamente en las listas internacionales debía ser anulado de las listas, y este DS protege estas situaciones injustas.
"Todo lo que ha hecho el Decreto Supremo es ir a proteger si hay una situación injusta (…) no hay ningún elemento nuevo, esta ley no es aplicable a gremiales, a chóferes, a los sectores que han sido engañados por algunos malos diputados que han sostenido que el artículo 8, permitía congelar inmediatamente los activos", aseveró.
El DS 4906 está en el marco de la Constitución Política del Estado porque precautela la garantía de presunción de inocencia y protege a los acreedores de buena fe.
Según Lima, en Bolivia, estas medidas de congelamiento son aplicadas desde hace más de 10 años y, hasta la fecha, no se afectó a ningún boliviano.
"No habido bolivianos en esa lista (terroristas internacionales) y esperemos que no los haya", insistió.
Estas medidas buscan combatir contra delincuentes transnacionales, por lo que, en ningún caso recaerían sobre el sector gremial, transportista, comerciante ni otro sector social en nuestro país.
Recalcó que en caso de que se identifique a una persona como un terrorista internacional, antes del congelamiento de las cuentas debe seguir un proceso. Primero ser identificado por el Concejo de Seguridad de las Naciones Unidas que hará un pedido a la Cancillería, Unidad de Investigación Financiera (UIF) para seguir un proceso judicial con un juez cautelar.
Gobierno: DS 4906 congelará cuentas bancarias de terroristas internacionales y no es aplicable a gremiales y chóferes
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